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Campaña la Renta 2021

Estimado cliente,

Un año más llega el tiempo de hacer la Declaración de la Renta, la Agencia Tributaria ha lanzado una APP con el llamativo nombre de “su declaración con único clic”, queremos llamar su atención sobre la necesidad de comprobar que todos los datos sean correctos, y sobre todo, que las deducciones y reducciónes a las que tenga derecho están debidamente aplicadas.

La propuesta de Declaración de Renta que calcula la Agencia Tributaria se realiza con los datos disponibles aportados por terceros, como son las empresas donde trabaja el contribuyente, las entidades financieras donde tenga cuentas, planes de pensiones, hipotecas, o el organismo que le concede una subvención. Puede que alguno de estos datos puestos en conocimiento de la Agencia Tributaria, no sea correcto. De ahí la insistencia de comprobar todos los datos y no conformarse con los que aporta la Agencia Tributaria. Pero, es más, otros datos como por ejemplo las cotizaciones a los colegios de huérfanos o entidades similares, las cuotas satisfechas a colegios profesionales obligatorios o las cuotas sindicales que por imperativo legal no las tiene la Agencia Tributaria, no aparecen ni en la información fiscal ni en el borrador y son deducibles de los Rendimientos del Trabajo.

Otros datos que son desconocidos por la AEAT, cuando han sufrido modificaciones, son relativos al estado civil, nacimiento o adopción de hijos en el año o al derecho a deducción por ascendientes, que únicamente pueden aportar los afectados.

que ningún contribuyente espere que Hacienda le llame si se equivoca a favor de la Administración y solicita una menor devolución o ingresa una mayor cuota”.

Si algún dato no es correcto, el único responsable de la declaración es el contribuyente, nunca la Agencia Tributaria, si nos equivocamos en perjuicio de Hacienda, solicitando una mayor devolución o una menor cuota a pagar, la Agencia Tributaria llamará a nuestra puerta para corregirla y seremos acreedores de una sanción.

Este despacho profesional, conoce todas las novedades fiscales a aplicar en la declaracion de IRPF del ejercicio 2018 para que su factura fiscal como contribuyente sea la ajustada a derecho, evitando los errores que producen pérdidas de dinero provocadas por (menor devolución, mayor cuota a pagar, sanciones, etc.).

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración en los telefonos y email siguientes: 822 045 470 asesoria@dominguezasesores.es

Nota: En el reverso relacionamos los documentos más comunes a tener en cuenta a la hora de confecccionar la Declaración de IRPF:

DOCUMENTOS A TENER EN CUENTA PARA LA DECLARACION DE IRPF:

CONCEPTOSX
1.   Información fiscal de la Agencia Tributaria. 
2. Fotocopia del DNI. (Para tener la fecha de validez y obtener la información fiscal) 
3.     El borrador de la declaración. 
4.     Certificado de retenciones sobre salarios. 
5.     Certificado de prestaciones y retenciones (pensiones y desempleo). 
6.     Certificado de cuentas bancarias (cuentas corrientes, libretas y depósitos a plazo). 
7.     Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (casas, locales, garajes). 
8.     Certificado de préstamo para vivienda (habitual o en alquiler), si venia deduciendolo anterior al 01/01/2015. 
9.     Recibos de alquileres cobrador y factura de gastos (casas, locales, garajes). 
10.  Certificado de retenciones sobre alquileres de locales. 
11.  Comunicación de arrendatario joven. 
12.  Escritura de venta o donaciones de inmuebles (venta de casas, locales, garajes) y de compra de inmueble. 
13.  Certificado de valores cotizados (acciones, deuda pública o privada). 
14.  Certificado de valores no cotizados (acciones y participaciones sociales). 
15.  Certificado o “estado de posición” de fondos de inversión (FIM, FIAMM,SIM, SICAV). 
16.  Certificado de seguros de vida, jubilación y enfermedad. 
17.  Certificados de invalidez. 
18.  Certificado del plan de pensiones. 
19.  Los libros contables (empresarios y profesionales). 
20.  Impresos de las declaraciones fiscales obligatorias (empresarios y profesionales) Pagos fraccionados a cuenta. 
21.  Certificados de retención de profesionales. 
22.  Recibo de donativos a entidades benéficas. 
23.  Certificado de Cuotas sindicales satisfechas. 
24.  Certificado de Cuotas Colegios profesionales obligatorios. 
25.  Cambio de estado en el ejercicio fiscal (matrimonio, divorcio, etc). 
26.  Nacimiento o adopción en el ejercicio fiscal. 
27.  Ascendientes a su cargo

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